Una de las herramientas que las personas deciden usar cuando poseen numerosas cantidades de deudas es la Ley de la Segunda Oportunidad, sin embargo, dentro de este proceso se encuentra un caso particular del Beneficio de Exoneración del Pasivo Insatisfecho (BEPI).
Si quieres saber más acerca de esta medida implementada en la Ley de Segunda Oportunidad te invitamos a quedarte en el siguiente artículo.
¿Qué es el Beneficio de Exoneración del Pasivo Insatisfecho?
El Beneficio de Exoneración del Pasivo Insatisfecho (BEPI) se trata de una medida que permite al deudor liberarse y cancelar todas sus deudas de forma completa sean privadas o públicas.
Asimismo, todo deudor que sea insolvente podrá solicitar esta opción al Juez del concurso.
Tipos de Beneficio de Exoneración del Pasivo Insatisfecho
En el momento donde sea acreditada la insolvencia en el concurso el deudor podrá solicitar de manera judicial la cancelación de las deudas impagables:
- Definitiva e inmediata
- Provisional y sometida a un plan de pagos
A continuación, te explicaremos de qué se trata cada una de ellas y las principales diferencias entre ambas.
Beneficio de Exoneración del Pasivo Insatisfecho Definitivo
Para que la viabilidad de una exoneración con efectos definitivos e inmediatos, el deudor deberá de cumplir con las siguientes deudas:
- Los créditos contra la masa y los créditos concursales privilegiados
- Como mínimo un 25% de los créditos concursales ordinarios, siempre y cuando se haya intentado un acuerdo extrajudicial de pagos
Beneficio de Exoneración del Pasivo Insatisfecho Provisional
Otra de las posibilidades es optar por el beneficio de exoneración sin cumplir con solvencia, sólo si se han cumplido los siguientes aspectos:
- Aceptación de un plan de pagos
- No haber obtenido el mismo beneficio de exoneración en la última década
- No haber incumplido con las obligaciones de colaboración e información concursal
- En los últimos 4 años no haber rechazado una oferta de trabajo
- Aceptar la inscripción en el Registro Público Concursal durante 5 años
Al evidenciar el cumplimiento de estos estos aspectos, el deudor tendrá altas posibilidades de optar por el Beneficio de Exoneración del Pasivo Insatisfecho Provisional.
Por otro lado, los acreedores están en su derecho de solicitar la revocación del BEPI si existe incumplimiento del plan de pago por el deudor o si se muestra que la situación económica del mismo ha mejorado drásticamente.
¿Cuáles son los requisitos para acogerse al Beneficio de Exoneración del Pasivo Insatisfecho?
Los requisitos para ser candidato de esta medida por parte de la Ley de la Segunda Oportunidad son:
- El deudor tiene que ser una persona física; se influyen particulares y autónomos
- Buena fe del deudor, donde se cumpla lo expuesto en la Ley Concursal:
- Que anteriormente se haya intentado efectuar un acuerdo extrajudicial de pagos
- No ser objeto de un concurso culpable
- No tener condena por sentencia firme debido a un delito socioeconómico, patrimonial o labor en los últimos 10 años
Si bien estos son los requisitos generales, se tienen que cumplir aparte otros aspectos adicionales dependiendo del tipo y la naturaleza de la exoneración.
Es importante conocer las características de estas medidas si te encuentras en una situación de endeudamiento profundo. No dudes en acudir con profesionales si deseas saber más acerca del Beneficio de Exoneración del Pasivo Insatisfecho.
En Defensa del Deudor ofrecemos la mejor asesoría legal en el país pensando siempre en tener los mejores resultados para ti.