A nivel nacional, existe una gran cantidad de personas que se encuentran con deudas y, muchas veces, no pueden hacerle frente a las mismas posibilitando la apertura de un juicio monitorio contra su persona.
Por consiguiente, cada vez son más las personas que se someten a este procedimiento y, es necesario contar con información de importancia y verídica para darle fin al juicio de manera exitosa.
¿Qué es un juicio monitorio?
El juicio monitorio es un proceso legal que sirve para el reclamo de pagos de deudas sobre deudas líquidas, determinadas, vencidas y exigibles.
Hoy en día, se presentan dos tipos de procesos que son: el declarativo y el ejecutivo. El proceso declarativo presenta una sentencia recaída que servirá para la verificación de la deuda en cuestión y cuantificar la misma. Al tener ya la sentencia declarativa, se acudirá al proceso ejecutivo siempre y cuando el deudor no haya pagado su deuda de manera voluntaria.
¿Cuánto tardan en embargar después de un monitorio?
Después de un juicio monitorio, si el deudor no realiza el pago voluntario de la deuda, se puede iniciar el proceso ejecutivo para el embargo de bienes. Este mecanismo permite agilizar considerablemente la recuperación de deudas, logrando en tan solo dos o tres meses lo que en un proceso declarativo podría demorar hasta un año o más. Este procedimiento destaca por su eficiencia y rapidez en la ejecución de sentencias favorables al acreedor.
¿Cuánto tarda un juicio monitorio?
El tiempo estimado en salir un juicio monitorio puede variar en España, pero generalmente se resuelve en aproximadamente 7 meses desde su inicio hasta la emisión de la sentencia. Tras la notificación al demandado, éste dispone de un plazo de 20 días naturales para realizar el pago, oponerse a la demanda o abstenerse a actuar.
La demanda es revisada por el Letrado de la Administración de Justicia y no por el Juez, quien se encargará de admitir o no. Si llega a inadmitirla, se le hará una notificación al Juez quien tomará una decisión para solucionar la situación.
Al tener la demanda admitida, el juzgado de manera rápida e inmediata hará solicitar el abono a la persona demandada o deudor.
Asimismo, la fase de notificación al deudor puede tener retardo, ya que la entrega de la demanda debe de realizarse al deudor por parte de una persona autorizada del juzgado que irá personalmente al domicilio del demandado, dirección que se encuentra en la documentación de la demanda y será quien conste que se haya dado entrega o no de la notificación.
En muchas ocasiones no se puede contactar al demandado en el domicilio mencionado en la documentación, si ese es el caso el juzgado deberá de averiguar dónde vive actualmente la persona usando la base de datos que tienen a disposición.
Por otro lado, según la Directiva 2011/7/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, en su artículo 10 indica que un proceso rápido que le brinde al acreedor obtener un título ejecutivo contra el deudor se logra en un plazo no más de 90 días naturales.
En Defensa del Deudor contamos con abogados capacitados para brindar un servicio de asesoramiento legal seguro y eficiente. En cuanto recibas una notificación del juzgado ponte en contacto con nosotros al 900831222.
Nuestro objetivo es ayudarte a hacerle frente a este tipo de situaciones y darle solución de forma rápida y de la mejor manera, así que contáctanos si te encuentras atravesando un juicio monitorio o lo harás en un futuro.
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